Categoría:
La empresa distribuidora sólo pagará hasta el 25% de la energía que se inyecte a la Red, en base a un análisis del histórico de consumo, lo cual deberá quedar consignado en el Acuerdo de Interconexión. El límite de Crédito máximo se podrá calcular también en función a pruebas en los casos siguientes:
a) Los clientes que no tengan un histórico de consumo que permita hacer un cálculo semestral o anual de los Créditos máximos.
b) Los Clientes que quieran hacer una reevaluación de su Crédito máximo, lo cual sólo se podrá solicitar a la empresa distribuidora después de un año de estar conectado a la red de distribución y sólo una vez por año, mediante solicitud debidamente sustentada por el cliente en función a incrementos de su consumo de electricidad.