Esta Resolución emitida por la Secretaria de Energía recomienda a la ASEP que dependiendo de la disponibilidad de generación térmica e hidroeléctrica, los aportes hídricos en nuestras cuencas y la demanda nacional de energía, se disminuyan paulatinamente las medidas de ahorro energético siguientes:
Los horarios para apagar los sistemas de acondicionadores de aire en el sector público, oficinas comerciales, centros comerciales, comercios y demás.
Los horarios para encender los letreros luminosos, luces nocturnas decorativas en edificios y monumentos.
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